SANCHEZ REYNA CAMILA C/ CASELLA CECILIA ANGELICA S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Homologación de acuerdos y regulación de honorarios en causa por daños y perjuicios en accidente automovilístico. La sentencia homologó lo acordado por las partes en relación a honorarios profesionales, tasas judiciales y sobretasas, estableciendo además la forma y plazo de pago. La decisión se fundamenta en la conformidad de las partes y en la normativa aplicable, homologando los honorarios del Dr. Azcárate en $1.300.000, los honorarios del Dr. Tartaglia en 20 JUS, y los del mediador en 6 JUS, además de liquidar la tasa de justicia y la sobretasa por un total de $157.300. Se intimó a la parte obligada a pagar en cinco días, bajo apercibimiento de ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia, dictada por el Juzgado 1, homologó lo acordado por las partes en una causa por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico, en la que la actora Camila Sanchez Reyna demandó a Cecilia Casella. Se homologaron honorarios profesionales del Dr. Iñaki Azcárate en $1.300.000, del Dr. German Esteban Tartaglia en 20 JUS y del mediador Lescano en 6 JUS, con más aportes legales. Además, se liquidó la tasa y sobretasa de justicia por $157.300, intimando a la parte obligada a su pago en cinco días. La homologación se realizó en virtud de la conformidad de las partes y en cumplimiento del art. 309 del CPCC. El tribunal fundamentó la homologación en que “las partes han convenido en los honorarios y en la liquidación de tasas, y se encuentran en condiciones de ser homologados de conformidad con lo previsto en la ley y el acuerdo de las partes”. Además, agregó que “se observa que los honorarios y gastos están ajustados a derecho y a las normativas vigentes, y no existen objeciones que ameriten rechazo”. No se registran votos disidentes o fundamentos adicionales relevantes en el fallo.
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