SOLA TERESA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la acumulación de dos procesos sucesorios relacionados con la misma causa y herederos, justificando la decisión en la conexidad procesal y en la economía procesal, en cumplimiento del art. 731 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución analiza la procedencia de la acumulación de los procesos sucesorios de Liliana Lisotti, en razón de que ambos se refieren a la misma masa hereditaria y herederos, y están vinculados por hechos y bienes. La jueza considera que la acumulación es procedente para evitar duplicidad de trámites y costos, basándose en la normativa del Código Procesal Civil y Comercial y en la doctrina y jurisprudencia citadas. Se destaca que la causa de autos y la otra iniciada en La Matanza corresponden a la misma herencia y herederos, y que la declaratoria de herederos del 27/05/2024 ratifica esta identidad. La decisión se fundamenta en que la conexidad y la economía procesal justifican que sea un solo juez quien entienda en la división y liquidación del patrimonio, ordenando la acumulación y remitiendo los autos al juzgado competente.
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