ANCE ARGENTINA ANTONIA S/ SUCESION TESTAMENTARIA (22)
La sentencia ordena la inscripción y registro de la aprobación del testamento y la institución hereditaria en relación a la mitad de un inmueble. La decisión confirma los instrumentos y los registros registrales, y regula honorarios profesionales, fundamentándose en el cumplimiento de requisitos legales y en el informe de dominio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente resolución judicial ordena la inscripción de la aprobación del testamento y la institución hereditaria en relación a la mitad de un inmueble, ubicado en La Matanza, con referencia catastral y antecedentes registrales detallados, en cumplimiento de lo dispuesto en las resoluciones y leyes aplicables. La decisión se fundamenta en que la documentación acompañada en autos cumple con los requisitos del art. 765 del CPCC y en que los instrumentos y registros acreditan la titularidad y la transmisión del bien inmueble. Además, se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes, estableciendo los montos en función de las etapas procesales y en cumplimiento de la ley 6716 y la ley 14.967. Se deja constancia del cumplimiento de los requisitos formales para la regulación de honorarios, incluyendo la acreditación de pago, la notificación electrónica a los co-herederos, y la presentación de documentación fiscal y registral. La resolución también detalla las obligaciones de las partes respecto a las aportaciones y pagos previos, y las formalidades de notificación de honorarios y otras providencias, en línea con la normativa vigente. La resolución no presenta votos disidentes ni agravios, y se centra en la regularización y formalización registral de la herencia, con respaldo en la documentación y las leyes aplicables.
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