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LUJAN RAMON HUMBERTO C/ CARRIZO ADRIAN S/ EXHORTO

El juez reguló honorarios profesionales en una causa de exhorto, estableciendo montos para el abogado y la perito, en cumplimiento de la ley provincial y considerando el mérito de las tareas realizadas. La decisión contempla además la notificación y los plazos para la protección de datos y derechos de las partes.

Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Exhorto Ley 14.967 Notificacion Plazos Datos personales Honorarios provisorios Cumplimiento de ley Provincia de buenos aires

El juez dictó una resolución en la que se regulan los honorarios del abogado Ignacio Hernán Bacigalupo y de la perito Verónica Alejandra Lapadula, por la actividad en el diligenciamiento del exhorto. La regulación se fundamenta en la Ley Provincial 14.967, específicamente en el artículo 50, y en las pautas para garantizar la proporcionalidad de los honorarios respecto del mérito y la complejidad de la tarea. Se fija en $284.800 para el abogado, equivalente a 7 IUS arancelarios, y en $142.400 para la perito, en carácter de provisorios. Además, se regula la notificación de la resolución y se informa a las partes sobre los plazos para la protección de datos personales. La resolución hace referencia a la normativa de honorarios y notificaciones, estableciendo que los honorarios deben abonarse en los plazos legales y bajo las condiciones de notificación correspondientes. La resolución es autónnotificable y urgente, en línea con los arts. 135 del CPCC y las resoluciones de la SCBA.

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