ACOSTA PERLA SILVANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó por el no reconocimiento del derecho a percibir el haber mínimo legal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES abonar las diferencias entre la renta vitalicia que percibe la actora y el haber mínimo legal.
Cobro de diferencias para alcanzar el haber mínimo legal de su pensión por fallecimiento.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la prescripción opuesta por ANSES. Ordenó a ANSES abonar las diferencias entre la renta vitalicia que percibe la actora y el haber mínimo legal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Cita el fallo "Etchart, Fernando Martín c/ ANSeS" de la CSJN, que estableció que corresponde al Estado el deber de adoptar disposiciones para asegurar el nivel adecuado de las prestaciones previsionales.
- Señala que en el caso, al haberse optado por el sistema de capitalización y la modalidad de renta vitalicia previsional, y no alcanzar dicha renta el haber mínimo garantizado, corresponde ordenar a ANSES que realice la integración necesaria.
- Respecto a la prescripción opuesta por ANSES, se admite la misma desde los dos años anteriores al reclamo administrativo, de conformidad con la jurisprudencia de la CSJN.
- En cuanto a las costas, se imponen por su orden.
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