SERCOMET S.R.L. s/QUIEBRA
La Cámara Comercial modifica los honorarios regulados a los profesionales intervinientes en el proceso de quiebra de Sercomet S.R.L., aplicando los criterios de proporcionalidad y equidad.
- Actor: No aplicable, proceso de quiebra.
- Demandado: Sercomet S.R.L.
- Objeto: Regulación de honorarios de los profesionales intervinientes en el proceso de quiebra.
- Decisión: La Cámara Comercial modificó los honorarios regulados en primera instancia, elevando los montos de los honorarios de los distintos profesionales.
- Fundamentos:
- El art. 267 de la LCQ establece que la totalidad de las regulaciones de honorarios de los funcionarios y profesionales intervinientes no pueden superar los límites allí establecidos (entre el 4% y 12% del activo realizado).
- Sin embargo, en este caso los tres sueldos de secretario de primera instancia, que representan el piso mínimo de regulación, superaban el 12% del activo prudencialmente estimado.
- Ante este conflicto, la Sala aplicó la directiva del art. 271 LCQ, apartándose de los topes legales a fin de hallar una solución equitativa.
- Se consideraron razonables las pautas de proporcionalidad utilizadas por el juez de primera instancia para retribuir las tareas de los profesionales, atendiendo a la extensión y naturaleza de las labores efectivamente cumplidas.
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