Incidente Nº 146 - INCIDENTISTA: RICETTA , ANTONIO FABIAN Y OTRO s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO
Incidente por verificación de crédito en concurso preventivo. La Cámara Comercial confirma los honorarios regulados a la sindicatura y los letrados por las tareas desarrolladas en el incidente y en el principal.
- Actor: RICETTA, ANTONIO FABIAN Y OTRO
- Demandado: No se especifica
- Objeto de la demanda: Incidente de verificación de crédito en un concurso preventivo
- Decisión del tribunal: La Cámara Comercial
- Sala C confirma los honorarios regulados a la sindicatura y a los letrados de ambas partes por las tareas desarrolladas en el incidente y en el proceso principal.
La Cámara indicó que, si bien no existe una regla específica para fijar la retribución de labores cumplidas en un incidente, ésta debe establecerse teniendo en consideración las pautas generales de la Ley 27.423, especialmente los porcentajes previstos en el art. 21 y las etapas del art. 29 inc. g). No obstante, aclaró que dichas escalas serán prudencialmente reducidas, a fin de mantener una equitativa compensación por la tarea profesional en el marco de un trámite incidental, que resulta diverso a los procesos de conocimiento o ejecutivos.
En mérito a la importancia, calidad, eficacia y oportunidad de los trabajos desarrollados por los profesionales, se confirmaron los siguientes honorarios:
- Sindicatura: 0,27 UMA ($ 19.511)
- Letrado de la sindicatura: 0,50 UMA ($ 36.132)
- Letrado de la concursada: 2 UMA ($ 144.530)
Asimismo, por el incidente de caducidad, se elevaron los honorarios de:
- Sindicatura: 0,24 UMA ($ 17.344)
- Letrado de la sindicatura: 0,36 UMA ($ 26.015)
- Letrado de la concursada: 0,60 UMA
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