Incidente Nº 112 - s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN.
Incidente de verificación de crédito del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán. La Cámara Comercial estableció la retribución de la sindicatura y los letrados intervinientes, fijando montos en base a la ley de honorarios.
- Actor: Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán
- Demandado: No se menciona
- Objeto: Incidente de verificación de crédito
- Decisión: La Cámara Comercial -Sala C fijó los honorarios de la sindicatura y los letrados intervinientes, tomando como referencia las pautas de la Ley 27.423 sobre honorarios profesionales.
Fundamentos:
- No existe una regla específica para fijar la retribución en incidentes, por lo que se deben aplicar las pautas generales de la Ley 27.423 sobre honorarios.
- Si bien el art. 21 prevé porcentajes para procesos de conocimiento o ejecutivos, en el marco de un incidente corresponde reducir prudencialmente esa escala porcentual, para mantener una equitativa compensación.
- Se valora la importancia, calidad, eficacia y oportunidad de los trabajos desarrollados por los profesionales.
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