TORROIJA ALICIA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajustes en su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los parámetros para calcular la actualización de las remuneraciones y la movilidad del haber.
Reajustes en la prestación previsional
¿Qué se resolvió?
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Respecto a la actualización de las remuneraciones, corresponde aplicar las disposiciones legales vigentes al momento del otorgamiento del beneficio (leyes 27.426 y 27.609), rechazando la pretensión de aplicar precedentes anteriores.
- Para calcular el haber inicial de la prestación, se deben analizar las reglamentaciones vigentes en los períodos en que se realizaron las cotizaciones, incluyendo los aportes anteriores a julio de 1994 como trabajador independiente.
- Los aportes realizados mediante plan de facilidades de pago no serán objeto de actualización.
- En cuanto a la movilidad del haber, serán de aplicación las previsiones de la ley 27.609 y normas reglamentarias.
- El análisis de la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 y del precedente "Villanustre" se diferirá para la etapa de ejecución de la sentencia.
- Costas por su orden en la alzada.
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