LIONELLO PAMELA ELSA C/ TERRE PABLO MARTIN Y OTRO/A S(N0)/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Provincia de Buenos Aires confirma la caducidad de la instancia por falta de actividad procesal y mantiene la sentencia de primera instancia. La decisión se fundamenta en que la parte actora no efectuó actividad en el plazo legal tras la intimación, confirmando la aplicación del artículo 315 del CPCC y los plazos de la ley 13.986.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Pamela Elsa Lennello, interpuso recurso de apelación contra la resolución que declaró la caducidad de la instancia, dictada el 26/11/2021, tras constatar que no hubo actividad procesal durante el plazo de tres meses desde la última actuación, con fecha 12/7/2021. La recurrente argumentó que la citada en garantía, Pablo Terre, no tiene la misma capacidad para solicitar la caducidad y que la sanción debe aplicarse de manera restrictiva, además de que su intervención es accesorio y depende del resultado del proceso principal. La Cámara, tras analizar las normativas aplicables y la jurisprudencia, concluyó que la caducidad fue correctamente decretada, ya que la parte no realizó actividad útil tras la intimación y transcurrió el plazo legal. La apelación fue rechazada en su totalidad, confirmando la resolución de primera instancia con costas de alzada al apelante vencido.
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