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MORALES BRAIAN EZEQUIEL C/ PROVINCIA SEGUROS S.A. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La Cámara de Apelaciones revoca la declaración de caducidad de la instancia y las costas impuestas, ordenada por el tribunal de primera instancia, por considerar que la inactividad procesal no fue imputable a la parte actora, dado que el expediente permanecía pendiente de resolución judicial. La decisión se fundamenta en que la parte cumplió con la intimación y que el tribunal debió ordenar la apertura a prueba de oficio.

Costas Apelacion Caducidad de instancia Jurisprudencia Proceso civil Inactividad procesal Apertura a prueba Ley 24.240 Sentencia. Organo judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Brian Ezequiel Morales, interpuso recurso de apelación contra la resolución que declaró operada la caducidad de la instancia. La apelante argumenta que cumplió con la intimación de 9/2/2024 y que la demora en el trámite es imputable al órgano judicial, ya que el expediente estuvo pendiente de resolución del juzgado. La Cámara analiza que, tras la traba de la litis y la contestación de la demanda, el tribunal debió ordenar de oficio la apertura a prueba, y que la inactividad no fue imputable a la parte actora. La sentencia cita jurisprudencia y normativa procesal que respaldan que la carga procesal de impulsar el proceso se extingue cuando el tribunal debe proveer lo solicitado. Por ello, se deja sin efecto la declaración de caducidad y las costas, considerando que la decisión previa fue improcedente.

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