FREIRE ALFREDO SEBASTIAN Y OTRO/A C/ CHEJOLAN CRISTIAN WALTER Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Provincia de Buenos Aires revocó la sentencia que rechazaba las demandas por daños derivados de un accidente de tránsito, condenando a la aseguradora y a los responsables a pagar sumas millonarias por daños materiales, morales y psíquicos. La decisión se fundamenta en la valoración de la mecánica del hecho y la responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demanda fue presentada por familiares y víctimas tras un accidente de tránsito ocurrido el 27 de octubre de 2020, en el que falleció un joven y resultaron lesionados otros.
- La sentencia de primera instancia rechazó las pretensiones, pero la Cámara revocó esa resolución, considerando que no se probó adecuadamente la mecánica del hecho alegada por la defensa y que la responsabilidad del automovilista en la colisión es objetiva, además de analizar la infracción a la ley de tránsito por la ausencia de casco protector.
- La Cámara evaluó las pruebas documentales, testimoniales y periciales, concluyendo que la mecánica del impacto fue que el vehículo embistió por detrás a la motocicleta en sentido de circulación, sin que exista prueba suficiente que acredite maniobras ilegales o imprevisibles por parte del motociclista.
- Respecto a la responsabilidad, se distribuyó en un 50% para la parte demandada, considerándose que la omisión de casco contribuyó parcialmente al daño en la víctima fallecida, pero que la colisión fue principalmente por la responsabilidad del conductor del automóvil.
- Se fijaron indemnizaciones por daños materiales, psíquicos, morales y por pérdida de chance, ajustadas a valores actuales y con intereses, además de extender la condena a la aseguradora dentro de los límites del contrato de seguro.
- La condena total a pagar por la aseguradora y responsables fue cuantificada en millones de pesos, con plazos y condiciones de pago, costas a cargo de la parte demandada y costas de primera y segunda instancia también a su cargo.
- La sentencia también dispuso la regulación de intereses según la doctrina de la Cámara y la jurisprudencia nacional.
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