HEREDEROS Y/O SUCESORES DE RODRIGUEZ FEDERICO NICOLAS C/ MARTINEZ ROBERTO JORGE S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón declara desierto el recurso de apelación por insuficiencia recursiva, al no cumplir el recurrente con los requisitos de fundamentación concreta y razonada exigidos por la ley para cuestionar la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal analiza la apelación interpuesta por la parte demandada contra la sentencia que hizo lugar a la demanda en un proceso por daños y perjuicios. La sentencia de primera instancia decidió en favor del actor, y la parte apelante cuestionó los montos y la fundamentación del fallo, alegando posible infracción al principio de congruencia y consideraciones excesivas en las partidas resarcitorias. Sin embargo, el tribunal observa que la apelación no cumple con los requisitos formales y sustantivos del art. 260 del CPCC, ya que no presenta una crítica concreta y razonada de la resolución, sino argumentos genéricos y sin fundamentación suficiente, limitándose a expresiones de discrepancia y afirmaciones sin relacionarse con las constancias del expediente ni con los fundamentos del fallo. Se concluye que la parte recurrente no aportó elementos que permitan sostener la impugnación, por lo que corresponde declarar el recurso desierto por insuficiencia recursiva, en línea con la normativa y la jurisprudencia relevante. La decisión se fundamenta en que "el desarrollo de los agravios a la luz del art. 260 del Código Procesal Civil y Comercial, supone, como carga procesal, una exposición jurídica en la que mediante el análisis razonado y crítico del fallo impugnado se evidencie su injusticia." Además, se destaca que "si el apelante no expresare agravios dentro del plazo o no lo hiciere en la forma prescripta en el artículo anterior, se declarará desierto el recurso."
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