IORINO ELIAS DANIEL (15) C/ POLITI ROBERTO VICENTE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza confirmó la declaración de caducidad de instancia dictada en primera instancia, sosteniendo la inadmisibilidad de la apelación por inactividad procesal del actor, y reafirmando la validez del procedimiento y la correcta aplicación del plazo legal.
El actor, Elías Daniel Iorino, promovió una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico ocurrido en 2018, solicitando resarcimiento por daños patrimoniales. La causa fue resuelta en primera instancia con declaración de caducidad de la instancia por inactividad procesal, tras un período de más de seis meses sin actividades procesales relevantes, en particular tras la solicitud de apertura a prueba en septiembre de 2024 y la falta de nuevas actuaciones hasta la declaración de caducidad en febrero de 2025. La parte actora interpuso recurso de apelación, alegando que cumplió con los plazos y que su conducta procesal fue activa y adecuada, además de cuestionar la decisión del tribunal en cuanto a la aplicación de la caducidad. La Cámara, tras analizar las constancias del expediente, concluyó que la inactividad y el transcurso del plazo legal justificaron la caducidad, y que la conducta procesal del actor no fue suficiente para evitarla. Señala que "la actividad de la parte debe revelar la voluntad de mantener vivo el proceso, pues el tribunal ha de valorar la conducta asumida por aquella a quien se imputa la inactividad, en el transcurso del trámite de la causa y atendiendo a las circunstancias de cada expediente.” La jurisprudencia citada refuerza el criterio de interpretación estricta de la caducidad. En consecuencia, la Cámara confirmó la resolución que declaró la caducidad, imponiendo las costas a la parte actora en su calidad de vencida.
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