MANRESA TOMAS C/ VISCO ANTONIO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Apelaciones revoca parcialmente la resolución que rechazó el beneficio de litigar sin gastos solicitado por Manresa Tomas, considerando que la prueba acreditar la imposibilidad económica del actor y que la valoración de los ingresos y gastos debe realizarse con criterio amplio y prudente.
El actor, Manresa Tomas, demanda el beneficio de litigar sin gastos, alegando imposibilidad de afrontar los costos del proceso judicial. La sentencia de primera instancia lo rechazó, considerando que sus ingresos en agosto de 2024 ($400.000) le permitían afrontar los gastos, y que no se acreditó su imposibilidad real. La parte apelante cuestiona la valoración de la prueba, argumentando que ha probado su situación económica y que los ingresos actuales no reflejan su realidad financiera, además de señalar que su actividad laboral y bienes no evidencian capacidad económica suficiente. La Cámara analiza los requisitos del art. 79 del CPCC, señalando que la concesión del beneficio requiere una apreciación judicial prudente y amplia, considerando la situación económica del peticionario, sus ingresos, bienes y gastos familiares. La jurisprudencia y doctrina citadas resaltan que no es necesario demostrar indigencia, sino que basta acreditar la imposibilidad de afrontar los gastos del proceso sin comprometer la subsistencia. La Cámara concluye que en este caso, si bien el actor tiene ingresos mensuales elevados, la situación familiar, sus gastos y recursos justifican la concesión del beneficio, por lo que revoca la resolución de primera instancia en ese aspecto. No se imponen costas por no existir contradictorio y por tratarse de una decisión favorable.
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