D´ONOFRIO LEONARDO MARTIN C/ SARGENTO CABRAL SATA DE TRANSPORTE Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Matanza confirmó la constitucionalidad del art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación, rechazando el planteo de inconstitucionalidad y manteniendo la regulación de honorarios sin aplicar el prorrateo cuestionado. La resolución destaca que la norma busca limitar la responsabilidad en costas para reducir costos procesales, sin vulnerar derechos constitucionales.
La parte actora, Leonardo Martin D´Onofrio, interpuso recurso de apelación contra la regulación de honorarios y la decisión del tribunal de origen de rechazar el prorrateo de costas solicitado por la parte demandada y en garantía. La sentencia de primera instancia aprobó la liquidación del crédito, reguló honorarios y rechazó el prorrateo por extemporáneo. La parte demandada argumentó que la norma del art. 730 del CCyC limita indebidamente su derecho de propiedad y afecta garantías constitucionales, al aplicar un tope del 25% sobre las costas y limitar la ejecución del saldo a favor del profesional. La parte actora alegó que dicha norma es inconstitucional, viola el derecho de propiedad, y que su aplicación desconoce la jurisprudencia constitucional que avala su constitucionalidad, además de que vulnera principios de igualdad y protección del derecho de propiedad del trabajo profesional. La Fiscalía y la jurisprudencia del máximo tribunal reafirmaron la constitucionalidad del art. 730, considerando que la ley busca disminuir costos y litigiosidad, sin afectar derechos constitucionales ni la retribución justa del profesional. La Cámara concluyó que la norma no viola derechos constitucionales y rechazó la apelación, confirmando la validez del límite del 25% y el prorrateo.
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