Logo

L. L. S. C/ P. M. O. S/ ALIMENTOS(A)

La Cámara de Necochea confirmó la sentencia que fijó alimentos a favor del menor, modificando la retroactividad de la cuota alimentaria desde la interposición de la demanda y no desde la sentencia definitiva, fundamentando que la solicitud de alimentos provisorios en el proceso filiatorio permite dicha retroactividad.

Alimentos Cuota alimentaria Retroactividad Proceso de filiacion Interes superior del nino Jurisprudencia Ingresos del demandado Cuota del 30% Tutela de derechos Camara de necochea.


- La actora demanda una cuota alimentaria para su hijo menor de edad, con retroactividad desde la fecha de interposición de la demanda de filiación, 15/09/2020.
- El demandado cuestiona el monto del 30% de sus ingresos y la retroactividad, además de alegar que se encontraba en altamar y no pudo abonar la cuota.
- La sentencia de primera instancia fijó la cuota en el 30% de los ingresos del demandado, desde la fecha de interposición de la demanda, y condenó al pago de costas.
- La parte actora apela para que la retroactividad sea desde la fecha de la demanda, considerando que en el proceso filiatorio se solicitaron alimentos provisorios.
- La Cámara confirma la decisión de retrotraer la pago desde la inicio de la acción de filiación, atendiendo al interés superior del niño y la jurisprudencia que sostiene que durante el proceso de filiación, la fijación de alimentos puede retrotraerse a la fecha de la demanda.
- Además, ratifica el monto del 30% de los ingresos del demandado, sustentado en índices estadísticos de costo de vida.
- Se imponen las costas de alzada al demandado y se difiere la regulación de honorarios.
- La sentencia queda firme y se ordena la ejecución del pago desde 15/09/2020.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar