NOLASCO NESTOR HUMBERTO C/ FIDEICOMISO FINANCIERO PRIVADO FRANKEL S/ HABEAS DATA
La Cámara de Necochea confirmó la sentencia que declaró la acción de habeas data cumplida a favor del actor. La decisión se fundamentó en que la demandada no entregó la documentación en soporte físico ni respondió adecuadamente a la intimación, incumpliendo su deber legal de información, y por ello las costas quedaron a cargo del vencido.
El actor, Nestor Humberto Nolasco, promovió una acción de habeas data contra Fideicomiso Financiero Privado Frankel, reclamando la entrega de documentación en soporte físico y la respuesta adecuada a la intimación. La sentencia de grado declaró la acción cumplida, considerando que la demandada no entregó la documentación solicitada en soporte físico ni respondió satisfactoriamente a la intimación. La Cámara confirmó esta decisión, indicando que la puesta a disposición de la documentación no equivale a su entrega efectiva y que la respuesta por medios electrónicos no satisface el deber legal de entrega en soporte físico en el contexto del habeas data. La apelación de la demandada fue rechazada, y las costas se impusieron a la vencida. La decisión se fundamentó en que, según la normativa aplicable (LPBA 14214 y antecedentes jurisprudenciales), para que exista cumplimiento, debe entregarse la documentación en soporte físico y responder de forma completa a la intimación, lo cual no ocurrió en este caso. La Cámara valoró además que la actividad de contestar la intimación no es equivalente a la entrega física de la documentación, y que la "puesta a disposición" no satisface el deber de información legal. La sentencia de grado fue confirmada en todas sus partes, con costas al apelante vencido y regulación de honorarios a los profesionales intervinientes.
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