A., M. C. C/ A., A. N. S/INCIDENTE DE ALIMENTOS
La Cámara de Apelaciones elevó la cuota alimentaria en favor de la menor del 18% al 23% de los ingresos netos del progenitor, considerando la situación de cuidado y el ingreso del demandado. La decisión se fundamentó en la necesidad de una contribución equitativa y en la valoración de las circunstancias particulares de la familia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, M. C. A., solicitó que se aumente la cuota alimentaria en favor de su hija, alegando que ella asume la mayor parte del cuidado y la contribución material, además de que el progenitor, A. N. A., tiene un ingreso mensual neto de aproximadamente $466.203,89 y actualmente paga una cuota del 18% del salario mínimo vital y móvil (SMVM). La demandada argumentó que la fijación del 18% resulta insuficiente y que no se consideraron adecuadamente las circunstancias de cuidado exclusivo, proponiendo un aumento al 40%, basándose en índices de crianza del INDEC y en que ella se encarga de todas las necesidades de la menor. El tribunal analizó que, si bien la madre realiza la mayor parte del cuidado, la contribución del padre debe ser proporcional a sus ingresos y posibilidades, valorando además que ya aporta un 20% del SMVM en beneficio de otro hijo. La Cámara concluyó que, en este contexto, la cuota alimentaria adecuada es del 23% de los ingresos netos del progenitor, teniendo en cuenta la capacidad económica y la función parental. La sentencia señala que la decisión busca equilibrar las cargas y garantizar el sustento de la menor, respetando los parámetros legales y las circunstancias particulares del caso. La resolución fue adoptada por unanimidad, con costas a cargo del alimentante.
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