B., E. V. C/ R., M. E. S/ALIMENTOS
La Cámara de Dolores confirma la fijación de alimentos en un 80% del salario mínimo vital y móvil, ajustado periódicamente, para garantizar el sustento de los menores, rechazando la apelación del alimentante por considerarla infundada y en línea con las necesidades de los niños.
¿Quién es el actor?
E. V. B., en representación de sus hijos menores L. J. R. y L. A. R.
¿A quién se demanda?
M. E. R.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Fijación de cuota alimentaria en un 80% del salario mínimo vital y móvil, ajustado periódicamente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de grado que estableció dicho porcentaje como cuota alimentaria, rechazando la apelación del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la falta de prueba directa de los ingresos del alimentante no impedía establecer una estimación basada en indicios y parámetros objetivos, como el salario mínimo y el índice de crianza del INDEC. La prueba aportada por las partes fue escasa y no permitía determinar con certeza la capacidad económica del demandado, quien afirmó ganar aproximadamente $180.000 mensuales, pero no acreditó esa cifra. La sentencia de grado aplicó el 80% del SMVM vigente, en línea con el interés superior de los niños, considerando que la cuota debe ajustarse periódicamente en función del salario mínimo. La Cámara analizó además los principios de proporcionalidad y la necesidad de que la cuota sea compatible con la capacidad del alimentante, rechazando los agravios del demandado y confirmando la resolución de primera instancia.
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