CANDIA IVAN PEDRO Y OTRO/A C/ ALMANZA ARROYO JUAN PEDRO S/ RESOLUCION DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES
La sentencia que condena por daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual en la construcción de vivienda. La Cámara hace lugar a la demanda y confirma la cuantía de la indemnización por defectos en la obra y otros conceptos, valorando la responsabilidad del contratista.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Iván Pedro Candia y Paola Elsa Placente contra Juan Pedro Almanza Arroyo y Adolfo Raúl González por incumplimiento de contrato de construcción de vivienda, reclamando $1.737.966 en concepto de daños, incluyendo materiales, honorarios, canon por barrio privado y lucro cesante. La sentencia de primera instancia resolvió que el contratista incumplió sus obligaciones, ejecutando la obra con defectos que generaron daños patrimoniales y daños en la calidad de la construcción, por lo que se condenó a los demandados a abonar la suma de $19.900.000, con intereses, en tanto se acreditó la existencia de defectos en la obra y el incumplimiento de los plazos pactados. La valoración probatoria, incluyendo peritajes de ingeniería, constata que la obra presenta imperfecciones y defectos estructurales que afectan la calidad y la habitabilidad, justificando la reparación indemnizatoria. La apelación de los demandados fue rechazada, confirmando la responsabilidad y la cuantía de la condena. La sentencia se fundamenta en la teoría del incumplimiento contractual, en la prueba pericial que evidencia defectos en la construcción, y en los principios de buena fe y responsabilidad civil, estableciendo que el contratista no cumplió con el estándar de diligencia y calidad exigido por el contrato y la normativa aplicable. La condena incluye los intereses moratorios a tasa del 6% anual desde la fecha del incumplimiento y las costas del proceso a cargo de la parte vencida.
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