RODRIGUEZ ZULMA NANCY Y OTRO/A C/ ALFONSO JUSTO ALBERTO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelación Civil y Comercial del Departamento Judicial Zárate-Campana confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios en un accidente de tránsito, sosteniendo que la responsabilidad del siniestro recae en la víctima por haberse iniciado la maniobra de cruce de forma intempestiva e imprudente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Zulma Nancy Rodríguez y Rodolfo Antonio Giménez contra Justo Alberto Alfonso y Multitransporte S.A. por daños derivados de un accidente ocurrido el 14/12/18 en la Ruta 193, en el que el vehículo de los actores fue embestido por un camión. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que el cruce de los actores fue inoportuno y que la responsabilidad recaía en la víctima por realizar una maniobra de cruce transversal sin verificar adecuadamente la situación del tránsito, en un contexto de prioridad de paso del vehículo mayor, en este caso el camión. La Cámara de Apelación confirmó dicha decisión, fundamentando que la responsabilidad civil es objetiva y que la maniobra de los actores fue imprudente, además de que las declaraciones testimoniales no modifican la valoración probatoria principal. La responsabilidad del conductor del camión no fue atribuida por el tribunal, ya que el accidente ocurrió por una maniobra intempestiva y peligrosa de los actores, que debieron asegurarse de que el cruce era seguro.
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