SUAREZ SOFIA RAQUEL C/ FERREYRA HECTOR EDUARDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS AUTOM. C/ LES. O MUERTE (EXC. ESTADO)
La Cámara de Zárate-Campana ajusta montos indemnizatorios por daños y perjuicios en caso de accidente de tránsito, incrementando las sumas por incapacidad y daño moral, y modifica el mecanismo de actualización monetaria dispuesto en la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Sofía Raquel Suárez, demanda por daños y perjuicios a Héctor Eduardo Ferreyra, Andrés Mauricio Cutrone y la aseguradora Federación Patronal Seguros S.A., por un accidente ocurrido el 17/09/2019 en Campana. La sentencia de origen condenó a los demandados a pagar $40.000.000, ajustados por UVA, más intereses del 5% anual desde la mora. La responsabilidad fue atribuida por la responsabilidad objetiva por hecho de las cosas, debido a la incumplimiento de la prioridad de paso por parte del conductor del vehículo demandado. La parte actora alegó que la suma indemnizatoria por incapacidad (actualmente fijada en $27.000.000) es insuficiente y solicitó su incremento, así como la elevación del daño moral a $21.000.000, debido a las secuelas físicas y psicológicas, y la afectación en su vida personal y laboral. La parte demandada argumentó que no se probó que la lesión afectara sus ingresos o capacidad laboral futura y cuestionó la metodología de cálculo y actualización del crédito, en particular la aplicación de la reciente doctrina del fallo "Barrios" que prohíbe la indexación automática de créditos. La Cámara analizó los agravios, concluyendo que la responsabilidad y los daños están suficientemente probados, y que la valoración de la incapacidad y el daño moral debe incrementarse. Además, se pronunció sobre la inaplicabilidad del mecanismo de actualización monetaria dispuesto en la sentencia de primera instancia, ajustando las tasas de interés conforme a los fallos "Nidera", "Ponce", "Ginossi" y "Cabrera". La Cámara acogió parcialmente los recursos, elevando las sumas indemnizatorias a $35.000.000 y $21.000.000 respectivamente, y dejó sin efecto la actualización automática, estableciendo un interés del 6% anual.
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