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GOLSTEIN GRANELL MARCELO DANIEL C/ PROVINCIA ART S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La sentencia regula los honorarios profesionales del letrado en un proceso por regulación de honorarios en sede administrativa. La Cámara confirma la decisión de la primera instancia que establece los honorarios en 10 IUS y las costas a cargo de la demandada, fundamentando la procedencia en la actuación oficiosa del abogado y la normativa aplicable.

Costas Regulacion de honorarios Regimen de riesgos del trabajo Honorarios profesionales Comision medica Proceso administrativo Jurisprudencia. Actuacion oficiosa Ley 14.697 Normativa srt

El actor, Marcelo Daniel Goldstein Granell, demandó a Provincia ART S.A. para que se regulen sus honorarios por actuación en sede administrativa ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 39, en relación con un expediente administrativo del que fue letrado del trabajador Cejas Juan Antonio. La demandada reconoció la intervención del profesional en dicho expediente. La sentencia de primera instancia consideró que la actuación del letrado fue oficiosa y que, conforme a la normativa (art. 37 de la Resolución 298/17 y art. 55 de la ley 14.697), corresponde regular los honorarios en 10 IUS, con los aportes de ley, y las costas a cargo de la aseguradora. Los jueces de la Cámara coincidieron en que la intervención del profesional fue necesaria y que la normativa respalda el devengamiento de honorarios, rechazando el planteo de inconstitucionalidad y confirmando la resolución. La mayoría votó en favor de la regulación en 10 IUS y las costas, mientras que el disidente argumentó que la actividad profesional no se presume gratuita y que toda intervención en sede administrativa devenga honorarios, independientemente del resultado.

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