VALSANGIACOMO NICOLAS Y OTRO/A C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ REGULACION DE HONORARIOS
La sentencia regula los honorarios del letrado por actuación administrativa en expediente de regulación de honorarios en la Comisión Médica Jurisdiccional, confirmando la condena a la demandada al pago de honorarios y costas, y regulando los montos conforme a la normativa aplicable.
La demanda fue promovida por NICOLÁS VALSANGIACOMO, quien solicita la regulación de honorarios por su actuación en el trámite administrativo ante la Comisión Médica N°11 de La Plata, en el expediente N° 577340/23, que culminó con dictamen que declaró la naturaleza laboral de la contingencia denunciada por el trabajador Mauricio Miguel Cobos. La aseguradora de riesgos del trabajo, aunque reconoció la actuación del letrado, solicitó el rechazo de la demanda alegando que la actuación administrativa no había culminado y que el beneficiario aún recibe prestaciones. La sentencia consideró que, conforme a la ley 27.348, la actuación letrada en estos procedimientos es de cargo de la aseguradora, y reguló los honorarios en 10 jus arancelarios, sumando los adicionales correspondientes. Además, impuso las costas a la demandada por haber sido vencida en el pleito. La decisión se fundamentó en la normativa de la ley 14.967, la resolución SRT 298/17, y en el valor jus establecido por la jurisprudencia vigente, concluyendo que la actuación administrativa es susceptible de regulación en favor del letrado, en base a que el trámite concluyó con el dictamen favorable y la declaración de la naturaleza laboral de la contingencia. La regulación de honorarios se realizó considerando la calidad de la labor, el resultado obtenido, y el valor del proceso, imponiendo además los aportes previsionales y IVA correspondientes.
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