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SILVA YAMAMOTO MAYUMI ALEXANDRA Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, confirmando la validez del mismo y ordenando su cumplimiento. La decisión se fundamentó en que el acuerdo fue celebrado libremente, cumple con los requisitos legales y no afecta derechos ni disposiciones de orden público.

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El tribunal del Trabajo N° 5 de La Plata homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes en el expediente "SILVA YAMAMOTO MAYUMI ALEXANDRA Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO". La parte solicitante propuso homologar un acuerdo por la suma de $11.000.000, celebrado libremente y que cumple con los requisitos legales, sin renuncias a derechos de los trabajadores ni afectación de disposiciones de orden público. El tribunal consideró que el acuerdo involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas, y que la conciliación es justa y adecuada, por lo que resolvió homologarlo en todos sus términos. La decisión se fundamenta en el artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), artículos 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial, y leyes complementarias, señalando que el acuerdo no viola derechos ni disposiciones de orden público. Además, ordenó el pago de costas a cargo de la demandada, reguló honorarios y estableció instrucciones para el pago de tasas y contribuciones, asegurando la ejecución y cumplimiento del acuerdo homologado.

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