AROTCE MARIA FERNANDA C/ HERNANDEZ FERRUA ANDREA ALEJANDRA S/ DESPIDO
La sentencia declara la procedencia de la demanda por despido y condena a la demandada a pagar una suma de $15.285.107,06, por indemnización, diferencias salariales, multas y otras rubros, actualizando el monto según la variación del RIPTE desde 2021. La resolución también declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y ordena la entrega de certificados laborales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Fernanda Arotce, demanda a la empleadora Andrea Hernández Ferrua por despido sin registración laboral, reclamando indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones proporcionales, SAC proporcional, multas por incumplimiento de registración y certificación laboral. La demanda se sustenta en que la relación laboral fue mantenida en la clandestinidad y fue negada por la empleadora, quien además no compareció ni aportó prueba, generando la declaración de rebeldía. La sentencia reconoce la existencia del vínculo laboral, respaldada en la prueba documental y en la absolución ficta, y considera acreditados los hechos de subordinación, tareas en categoría "Peón" del CCT 231/94, y la modalidad de relación laboral en la clandestinidad. Se estima que la relación inició en octubre de 2018 y que fue despedida indirectamente en abril de 2021. La suma indemnizatoria, ajustada por actualización monetaria según el RIPTE, asciende a $15.285.107,06. Además, se condena a la demandada a entregar certificados laborales, pagar diferencias salariales por la suma de $261.791, multas por incumplimiento, y a abonar las indemnizaciones previstas en la ley 24.013 y la ley 25.323, por la relación no registrada y el despido. La sentencia declara la inconstitucionalidad sobrevenida del art. 7 de la ley 23.928, en virtud de la inflación y la necesidad de actualización del crédito, estableciendo que el monto actualizado según el RIPTE es de aproximadamente $15.285.107,06. También se ordena el pago de intereses al 2% anual desde la exigibilidad, y las costas del proceso a cargo de la demandada. La resolución contempla además la regularización de la situación fiscal y laboral.
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