FERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo conciliatorio en un proceso laboral; el tribunal decide homologar la conciliación por cumplir con los requisitos legales y no afectar derechos de orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El acuerdo conciliatorio fue celebrado libremente por las partes el 28/04/1925, por la suma de 2.500.000 pesos, y cumple con los requisitos legales para su homologación, ya que no implica renuncias a derechos reconocidos ni afecta disposiciones de orden público. El tribunal consideró que el acuerdo involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas, y que la conciliación es justa y adecuada. La decisión se fundamenta en los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial, y leyes 15.057 y 14.967, entre otras. La homologación implica la aprobación del acuerdo, con costas a cargo de la demandada y regulación de honorarios profesionales, además de intimaciones para acreditar pagos y cumplir con obligaciones fiscales y de tasas de justicia. La sentencia concluye homologando el acuerdo, con las formalidades y advertencias correspondientes.
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