FERNANDEZ OSCAR DEL VALLE C/ RESISTACK SA Y OTRO/A S/ENFERMEDAD PROFESIONAL
El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal del actor, tras no haber producido actividad útil en el plazo establecido, confirmando la improcedencia de continuar con el trámite y ordenando costas a la parte actora.
El actor, Oscar del Valle Fernández, presentó una demanda contra Resistack S.A. y otro, por un reclamo relacionado con una enfermedad profesional. La causa fue notificada a la parte demandada, pero esta no realizó actividad procesal útil en el plazo de cinco días, a pesar de la advertencia y del apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se decretaría la caducidad de la instancia. El tribunal, tras analizar las constancias y la inactividad de la parte, decidió decretar la caducidad de la instancia, conforme al artículo 12, segundo párrafo, de la Ley N° 11.653. La decisión fue unánime, fundamentada en que la parte no cumplió con las requisitos procesales para continuar con el trámite. Además, se impusieron costas a la parte actora por su inactividad procesal, y se dispuso diferir la regulación de honorarios hasta el cumplimiento de requisitos legales adicionales. Fundamentos principales: "Que analizándose pormenorizadamente las constancias emergentes de actuados, se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia." "Las costas deberán imponerse a la parte actora en virtud de la inactividad procesal en la que incurrió en obrados." "Decretar la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones, conforme lo prescripto por el Art. 12, segundo párrafo, de la Ley N° 11.653, en mérito a las fundamentaciones explicitadas."
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