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CASTIÑEIRA JONATAN ADRIAN C/ LIOTTI ARIEL GUSTAVO Y OTRO/A S/DESPIDO

El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decretó la caducidad de la instancia por inacción procesal de la parte actora. La decisión se fundamenta en que la parte no realizó actividad procesal útil pese a haber sido debidamente notificada, en cumplimiento del Art. 12, segundo párrafo, de la Ley N° 11.653, y en virtud de la inactividad que imposibilita la prosecución del trámite.

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La causa fue promovida por Jonatan Adrian Castiñeira contra Ariel Gustavo Liotti y otro, por despido. El tribunal, tras realizar la desinsaculación y analizar las constancias del expediente, decidió decretar la caducidad de la instancia ante la inactividad procesal de la parte actora, quien no realizó actividad procesal útil pese a la debida notificación. La fundamentación principal se basa en que "la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia". La resolución también impone costas a la parte actora por su inactividad y difiere la regulación de honorarios hasta el cumplimiento de requisitos legales específicos.

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