TRABUCCO GONZALO GASTON C/ ALOISE Y CIA SA Y OTRO/A S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, con pago de $5.000.000 en un solo pago, fue aprobada por el tribunal. La decisión se basó en que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal, homologando el acuerdo en los términos pactados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Gonzalo Gastón Trabucco, demandó a la firma Aloise y Cía SA y otro por despido. La causa culminó en una conciliación en la audiencia del 28/05/2025, que las partes sometieron a homologación. El tribunal consideró que la conciliación no vulneraba principios de orden público, que la misma constituye una forma válida de concluir el proceso y que contribuye a la celeridad procesal. La suma acordada de $5.000.000 se homologa con pago previsto para el 10/06/2025. Se establecen las costas a cargo de la demandada, y se regulan honorarios y otros aspectos formales del acuerdo. El tribunal también intimó a la demandada a acreditar el pago de tasas y aportes, y se dispuso la comunicación de los medios electrónicos para pagos y notificaciones. La decisión se fundamenta en que la conciliación fue alcanzada en el marco de la audiencia, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y que la renuncia de derechos genérica carece de valor, reafirmando la validez del acuerdo. La homologación se realiza en los términos del art. 15 de la LCT, considerando que la conciliación no vulnera derechos ni principios constitucionales y que la suma pactada refleja un acuerdo justo y razonable.
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