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LEGUIZAMON CAROLINA ANA C/ CAFE Y ALFAJORES EN LA PLATA S.A. Y OTROS S/ DESPIDO

La homologación del acuerdo conciliatorio en un proceso por despido. El tribunal decidió aprobar el convenio y ordenar el pago de 3 millones de pesos en una sola cuota, confirmando que la conciliación respeta principios públicos y fomenta la celeridad procesal.

Costas Honorarios Celeridad procesal Pago unico Proceso laboral Despido Conciliacion laboral Homologacion acuerdo La plata. Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La demandante, Carolina Ana Leguizamón, promovió una demanda por despido contra Café y Alfajores en La Plata S.A. y otros.
- La causa se resolvió mediante un acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes en audiencia, en la que ambas manifestaron su consentimiento y la conformidad con los términos del convenio.
- La resolución del tribunal, basada en el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), homologó el acuerdo en la suma de tres millones de pesos, con pago el 10/07/2025.
- Los fundamentos principales sostienen que la conciliación no vulnera orden público, que la renuncia genérica de derechos carece de valor (art. 12 L.C.T.), y que la vía conciliatoria favorece la celeridad y la economía procesal. Además, el tribunal destaca que el acuerdo fue producto de la voluntad de las partes en audiencia, sin vicios, y que la homologación es procedente para dar eficacia al mismo.
- El tribunal también dispuso costas a cargo de la demandada, regulación de honorarios, y especificó detalles sobre los pagos y notificaciones.
- “La conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal” (fundamento del tribunal).

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