ACOSTA NOELIA FLORENCIA C/ LOGISTICA A-Z S.A. S/ DESPIDO
La sentencia declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y condena a la demandada a pagar la indemnización por despido y sanciones. La Corte dispuso la actualización y pago de la suma de $4.717.247,62 en concepto de sanción por incumplimiento del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, además de intereses y costas. La decisión fue basada en la inconstitucionalidad sobreviniente de la prohibición de indexar, aplicando un índice de actualización (RIPTE) y considerando la realidad inflacionaria del país.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Noelía Florencia Acosta, demanda a Logística A-Z S.A. por despido, diferencias salariales, multas y certificados de trabajo. La demandante afirma que comenzó a trabajar en 2014, con fecha de ingreso en duda, y que percibía pagos en negro y en blanco. La empleadora niega irregularidades y argumenta que la relación laboral fue afectada por acuerdos de reducción salarial y que el despido fue por limitaciones físicas tras un accidente laboral. La sentencia confirma la relación laboral, rechaza varias pretensiones por carecer de causa, y declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, permitiendo la actualización del crédito laboral, condenando a la demandada a pagar la suma de $4.717.247,62 por sanción del art. 80 de la LCT, con intereses y costas. La corte consideró que la prohibición de indexar en la ley 23.928 es inconstitucional sobreviniente a la luz de la inflación y la depreciación del salario, aplicando un índice de actualización (RIPTE). La decisión se fundamentó en la necesidad de mantener la equivalencia de las prestaciones y en la realidad económica del país, ajustando el monto a valores actuales.
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