LESIW ROSA C/ PREVENCION ART S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en un reclamo por enfermedad profesional. La Cámara confirmó la homologación del acuerdo por considerar que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal, homologando la suma de $9.500.000 pagaderos en una cuota.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Lesiw Rosa, demanda a Prevención ART S.A. por enfermedad profesional.
- La controversia se resolvió mediante un acuerdo conciliatorio alcanzado el 12/6/2025, que fue homologado por el tribunal.
- La resolución del tribunal destacó que la conciliación no vulnera principios de orden público y que la misma constituye una forma válida de concluir el juicio, promoviendo la celeridad. "La conciliación constituye una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal".
- El acuerdo homologado comprende una suma de $9.500.000, pagaderos en una cuota a los 30 días de homologado, con costas a cargo de la demandada. La homologación se fundamentó en el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley 24.557.
- El tribunal también reguló honorarios profesionales y periciales, y ordenó el cumplimiento de obligaciones tributarias y de pago de tasas. La decisión se fundamentó en la voluntariedad y legalidad de la conciliación, reafirmando que "la homologación del acuerdo conciliatorio en estos términos resulta procedente".
- La resolución fue suscripta por los jueces en acuerdo ordinario, adhiriendo las Dras. Prado y Gallese a los fundamentos del voto del Dr. Martiarena.
- La sentencia además contempla aspectos administrativos y procesales vinculados a la ejecución del acuerdo y al cumplimiento de honorarios y tasas, en línea con la normativa vigente.
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