MARTINEZ PATRICIA ELIZABETH Y OTRO/A C/PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A. S/DETERMINACIÓN DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia reconoce la procedencia de la demanda por honorarios en trámite administrativo, regulando los mismos en 10 Jus, y confirma la condena a la parte demandada en costas. La decisión se basa en la naturaleza del procedimiento y la normativa aplicable, ajustándose a los parámetros de proporcionalidad y jurisprudencia vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante Patricia Elizabeth Martinez, con patrocinio del Dr. Julio Francisco Schifini, promovió demanda para que se determinen y fijen sus honorarios profesionales por su actuación en un proceso ante la Comisión Médica Nº 13 de Bahía Blanca, contra Provincia ART S.A., solicitando la regulación conforme a la Ley 14.967. La defensa, representada por la Dra. Natalia Andrea Oballe, solicitó el rechazo de la demanda. El tribunal analizó la naturaleza del trámite administrativo respecto a la ley 14.967, concluyendo que no se trata de una demanda contencioso-administrativa sino de actuaciones administrativas, por lo que los honorarios deben regularse en 10 Jus, en línea con la ley 14967 y la normativa aplicable. Se determinó que los honorarios de los profesionales deben pagarse por la demandada, en virtud de la actuación oficiosa y la normativa vigente. La sentencia además establece que la regulación de honorarios en 10 Jus es proporcional y ajustada a la importancia de la labor, y que las costas deben soportarlas la parte demandada, Provincia ART S.A. La decisión fue confirmada en apelación, manteniendo la regulación de honorarios y costas.
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