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RIOS MARCELO GUSTAVO C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La homologación de acuerdo conciliatorio en reclamo laboral por suma de $13.000.000. La Cámara de San Nicolás homologó el acuerdo entre las partes, considerando que la composición de derechos e intereses es justa y no viola el orden público. La homologación es procedente y las costas a cargo de la demandada.

Costas Acuerdo extrajudicial Resolucion judicial Ley de contrato de trabajo Acuerdo de pago Materia laboral Proceso judicial. Homologacion acuerdo conciliatorio Ley 15.057 San nicolas


- Quién demanda: RIOS MARCELO GUSTAVO

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA ART S.A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de demanda por la suma de $13.000.000 y acuerdo de pago en cuotas.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo conciliatorio, ordenando su cumplimiento y estableciendo costas a cargo de la demandada. La homologación se fundamenta en que la composición de derechos e intereses es justa y no viola el orden público, conforme a los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y arts. 25 y 30 de la ley 15.057. Los jueces expresan que "en atención a que en el caso se obtiene una justa composición de derechos e intereses de las partes y que no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público, voto por la afirmativa a la cuestión propuesta".
- Participación en la decisión: Los jueces Quadranti, Toraf y Aparisi adherieron al voto del Dr. Quadranti.
- La resolución homologatoria implica que las partes han llegado a un acuerdo válido y vinculante, y que la homologación es procedente en los términos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, con costas a cargo de la demandada.

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