WAITZEL RUBEN HECTOR C/ LA SEGUNDA A.R.T. S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en un proceso por enfermedad profesional. El tribunal aprobó el acuerdo entre las partes, considerando que representa una justa composición de derechos y no viola el orden público. La homologación implica la aceptación del acuerdo y la suspensión del proceso.
- Quien demanda (Actor): RUBEN HECTOR WAITZEL
- A quien se demanda (Demandado): LA SEGUNDA A.R.T. S.A.
Objeto: Reajuste de la demanda en la suma de 15.000.000 pesos por enfermedad profesional.
Decisión: Homologación del acuerdo conciliatorio alcanzado por las partes, en los términos pactados, con costas a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a que en el caso se obtiene una justa composición de derechos e intereses de las partes y que no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público, voto por la afirmativa a la cuestión propuesta (arts. 12 y 15 L.C.T.; 20 y 25 de la ley 11.653)." "Los acuerdos extrajudiciales homologados por el tribunal gozan de presunción de validez y eficacia, siendo conveniente su aprobación cuando no existe vicio, dolo o ilegalidad." Además, los jueces coincidieron en que "la homologación resulta procedente en tanto el acuerdo resulta justo, equilibrado y no contraviene normas de orden público." No se expresaron votos disidentes.
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