POLIZZI GASTON ARIEL C/ PREVENCION ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Homologación de acuerdo conciliatorio en juicio laboral por honorarios extrajudiciales; la Cámara homologó el acuerdo, considerando su razonabilidad, conformidad de las partes y ausencia de violación de normas de orden público, confirmando la cuantía y los honorarios pactados.
El actor, Gastón Ariel Polizzi, demanda a Prevención Art S.A. por honorarios profesionales derivados de la tramitación de un expediente administrativo ante la Comisión Médica 31, en representación del Sr. Gabriel Angel Duque, por divergencias en la determinación de incapacidad tras un accidente laboral ocurrido el 01/04/2018. El 28/02/2025, Polizzi solicitó la regulación de honorarios devengados, y en fecha 30/05/2025, las partes presentaron un acuerdo conciliatorio. El tribunal evaluó la razonabilidad del acuerdo, la conformidad de las partes y la inexistencia de violaciones de normas de orden público, homologándolo en los términos propuestos, con la imposición de costas en el orden causado y la regulación de honorarios a favor de los profesionales intervinientes. Además, se establecieron obligaciones de pago, comprobaciones y notificaciones, en línea con la normativa procesal laboral y civil aplicable, incluyendo la ley 14.967 y la ley 6716. El juez de primera instancia consideró que la homologación del acuerdo era procedente por ser razonable y conforme a derecho, y que los honorarios regulados —equivalentes a $16.500,00 para cada profesional— estaban justificados por la labor desarrollada, la calidad jurídica y el valor de la causa. La resolución también precisó las formalidades y plazos para el pago y la comunicación de cumplimiento, manteniendo una fundamentación sólida en la normativa vigente y en precedentes jurisprudenciales. Se citan además artículos relevantes de la ley 14967, la ley 6716, y resoluciones de la SCBA, que respaldan la validez y formalidad de las notificaciones y regulaciones de honorarios judiciales y extrajudiciales, así como la imposición de costas y las obligaciones de prueba y acreditación de pago.
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