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BOGAO DANIEL EDUARDO C/ PREVENCION ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El tribunal homologó el acuerdo de fecha 12/6/2025 en proceso por enfermedad profesional, confirmando que los derechos de las partes estaban equilibrados y sin violaciones de orden público. La decisión incluyó eximir del pago de impuestos y tasas, regular honorarios y ordenar depósitos en cuenta bancaria.

Costas Honorarios profesionales Enfermedad profesional Homologacion acuerdo Ley 27.348 Ley 14.967 Ley 15.057 Ley 26.696 Deposito en cuenta bancaria Exencion impuestos y tasas

El actor, Daniel Eduardo Bogao, demandó a Prevención ART SA por enfermedad profesional. El tribunal decidió homologar el acuerdo alcanzado, considerando que existía una equilibrada composición de derechos y que no se detectaron violaciones al orden público. La decisión se fundamentó en que los términos del acuerdo se ajustaban a la normativa aplicable, específicamente a los arts. 12, 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y a la Ley 15.057. Además, se dispuso la exención del pago de impuestos y tasas, la regulación de honorarios profesionales, y la forma de pago mediante depósito en cuenta bancaria, con la instrucción de acreditar la titularidad de la cuenta en un plazo de dos días. Se estableció también que las sumas debidas al trabajador serían depositadas en la cuenta bancaria del actor, y se detallaron las instrucciones para el cumplimiento del pago, incluyendo la especificación del monto y la acreditación de la cuenta. La resolución incluyó la imposición de costas a la demandada y la advertencia sobre el incumplimiento del acuerdo, aplicando lo previsto en el art. 275, tercer párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo. La homologación fue aprobada por unanimidad en la votación de los jueces.

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