GIMENEZ BLANCA ELIZABETH C/ EURNEKIAN EDUARDO HUGO ANTRANIK Y OTROS S/ DESPIDO
Se homologa un pacto de cuota litis en un proceso por despido, confirmando la validez del acuerdo entre las partes. La homologación fue aprobada por el tribunal en atención a la ratificación del pacto por la parte actora y su letrado, conforme a la normativa laboral vigente.
La demandante, GIMENEZ BLANCA ELIZABETH, ratificó en audiencia el pacto de cuota litis celebrado con su letrado en el marco de un proceso por despido contra los demandados, encabezados por EURNEKIAN EDUARDO HUGO ANTRANIK Y OTROS. El tribunal, en uso de sus facultades, homologó dicho pacto de conformidad con el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, registrándolo en autos. La resolución expresa: "Atento el pacto de cuota litis efectuado en el acápite XII del escrito de inicio y la ratificación efectuada precedentemente, HOMOLOGASE el pacto de cuota litis de conformidad con lo dispuesto por el art. 277 de la L.C.T. REGISTRESE." La decisión se fundamenta en que la ratificación fue realizada en audiencia, en presencia del tribunal, y en que el acuerdo cumple con los requisitos legales para su homologación. No existen votos disidentes o consideraciones adicionales relevantes en la resolución.
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