GIGLIO JAVIER FRANCISCO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral de Quilmes, que valida la transacción entre las partes, fue aceptada por el tribunal por no vulnerar el orden público, consolidando la finalidad de la conciliación y la economía procesal.
- Quien demanda: Javier Francisco Giglio
- A quién se demanda: Federación Patronal Seguros S.A.U.
- Qué se reclama: Homologación de acuerdo conciliatorio, depósito de suma acordada, exención del 50% en tasa de justicia y costas a cargo de la demandada.
- Qué se resolvió: Se homologó el acuerdo conciliatorio, se ordenó el depósito en cuenta bancaria, costas a cargo del demandado, y exención del 50% de la tasa de justicia. La homologación se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de intereses, conforme a los arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la ley 15.057. Además, se ordenó el depósito de la suma acordada en una cuenta bancaria a nombre de Giglio, suspendiendo el plazo de pago hasta acreditar la titularidad. La exención del 50% del pago de la tasa de justicia y el pago del resto en cinco días, bajo apercibimiento de ejecución. La sentencia también declara las costas a cargo de la parte demandada.
- Fundamentos principales:
"la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal."
"En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)."
"Procede asimismo declarar las costas conforme con lo solicitado, con exención del pago del 50% del importe correspondiente a la tasa de justicia y sellados de la causa en razón del acuerdo logrado."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: