VARGAS WALTER JOSE C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La demanda por prestaciones de riesgos del trabajo fue procedente y la Provincia de Buenos Aires fue condenada a pagar más de 25 millones de pesos por lesiones derivadas de un accidente laboral. La sentencia se fundamenta en el análisis de la prueba pericial y la aplicación de la ley de riesgos del trabajo y la ley 27.348, ajustando intereses y actualizaciones conforme a la normativa vigente.
Quién demanda: Walter José Vargas, policía de la Provincia de Buenos Aires. A quién se demanda: Provincia de Buenos Aires. Qué se reclama: Prestaciones de riesgos del trabajo y beneficios previstos en las leyes 24.557 y 26.773, por lesión en pie izquierdo tras disparo accidental con arma de goma. Qué se resolvió: Se condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar $25.811.231,46 por las prestaciones, actualizadas y con intereses al 3% anual desde el 23 de marzo de 2017, además de costas y honorarios. La sentencia fundamenta en que la mecánica del evento y la cobertura del régimen de riesgos del trabajo corresponden, y que la pericia médica y psicológica son fiables y pertinentes. La valoración de la incapacidad, las prestaciones y la aplicación de la ley 27.348 se ajustan a los principios de progresividad y la normativa vigente, considerando la inflación y la situación económica del país. La sentencia también analiza y rechaza planteos de inconstitucionalidad relacionados con los artículos del régimen de riesgos del trabajo y la ley 27.348. Fundamentos principales de la decisión: "Resulta también incontrovertida la mecánica del evento, que ha sido descripta de modo muy similar por ambas partes y su subsunción en los términos del articulo 6 de la ley 24.557, por influjo de lo dispuesto por el artículo 6 del dec. 717/96. Sentado ello, en función de la naturaleza de la reclamación, el primer paso está dado por el análisis de la prueba pericial en medicina, que aporta una visión científica concreta, cuya peculiaridad reside en que el objeto de valoración está atravesado por la ciencia (art. 457 CPCC; arts. 44 y 89, ley 15.057)." "...la peritación se enmarca en un reclamo por un accidente de trabajo con fuente exclusivamente sistémica, por lo que el procedimiento allí señalado es de acatamiento insoslayable. A partir de estos elementos conceptuales, el informe pericial establece correctamente la personalidad de base y establece sus conclusiones a partir del resultado de las pruebas gráficas y la entrevista semi-dirigida. Ponderados todos los aspectos antes señalados de acuerdo con las reglas de la sana crítica, se concluye que el dictamen tiene plena eficacia probatoria (art. 474
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