TORCHIANA CLAUDIO ENRIQUE C/ PREVENCION ART S.A. S/ REGULACION DE HONORARIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Zárate confirmo la sentencia que reguló los honorarios a favor del letrado en el marco de un proceso por enfermedad profesional. La resolución reconoce la procedencia del reclamo y regula los honorarios conforme a la ley y las actuaciones administrativas.
El actor, Dr. Claudio Torchianna, patrocinó al trabajador Damian Malchiodi en el expediente SRT N° 169145/24, en el cual se reconoció la naturaleza laboral de la enfermedad sufrida mientras prestaba servicios para TECHNICI SRL. La sentencia establece que el profesional actuó en el proceso administrativo y que la actuación fue acreditada, sin constancia de acuerdo previo sobre honorarios o percepción de emolumentos. La sentencia fundamenta que la labor del letrado fue en el marco del trámite ante la Comisión Médica y que, conforme a la normativa aplicable (arts. 37 de la Res. 298/17 de la SRT, ley 14.967, ley 27.348), corresponde regular los honorarios en siete jus arancelarios, más aportes previsionales e IVA. La decisión concluye que los honorarios deben abonarse en la suma de $284.788, en virtud del trabajo realizado y del resultado favorable obtenido, y que las costas deben ser soportadas por la parte demandada, Prevención ART S.A. La Cámara confirma la decisión de primera instancia en todos sus términos, incluyendo la regulación de honorarios y costas, y ordena su cumplimiento en los términos señalados en la sentencia.
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