CARRIZO DANIEL ALEJANDRO C/ ART LIDERAR S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia declara la procedencia de la demanda por accidente de trabajo in itinere y condena a la aseguradora a abonar una indemnización por incapacidad permanente, fundándose en la prueba médica, psicológica y contable, y en la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del art. 7 de la ley 23.928.
La demanda fue promovida por Daniel Alejandro Carrizo contra la aseguradora Liderar S.A., por accidente sufrido en desplazamiento habitual desde su domicilio al trabajo, en febrero de 2015, por embestida en bicicleta. La causa acreditó que el siniestro fue un accidente de trabajo in itinere, aunque la CM N° 31 de Zárate concluyó que no generaba incapacidad ponderable. La pericia médica determinó una incapacidad física del 17,80% y psicológica del 10%, totalizando 27,80% de incapacidad laboral permanente parcial. La pericia contable indicó un ingreso base de $ 6324,42, y el cálculo indemnizatorio aplicó el coeficiente 53, la fórmula de la ley 24.557, y el índice RIPTE, resultando en una suma de $ 19.491.409,92. Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del art. 7 de la ley 23.928, por lo que se dispuso la condena a la aseguradora a pagar dicha suma, actualizada con interés del 6% desde la fecha del accidente, además de intereses moratorios y costas. La responsabilidad del pago recae sobre el Fondo de Reserva de la ley de riesgos del trabajo, gestionado por Prevención ART, debido a la liquidación de Liderar S.A. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley de Riesgos del Trabajo, y resolvió sobre las costas y honorarios.
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