ORNETTI ANGEL GASTON C/ HORIZONTE COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES SA S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Confirmada la sentencia que condena a la aseguradora a pagar indemnización por accidente de trabajo, en base a la acreditación del accidente, incapacidad y cálculo de monto. La Cámara mantiene la decisión de primera instancia y los fundamentos del tribunal.
El actor, Ángel Gastón Ornetti, demandó a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. por accidente laboral ocurrido el 10/06/13, que le provocó lesiones en pierna y pie izquierdos, secuelas físicas y psíquicas. La sentencia de primera instancia declaró la existencia del accidente, vinculó las lesiones con el hecho y determinó una incapacidad física del 16,89%. Se rechazó la demanda por daño psicológico por ausencia de incapacidad psíquica, y se condenó a la aseguradora a pagar la suma de $45.887.710,68, ajustada por intereses y actualización. La Cámara confirma la valoración pericial, la constitucionalidad de la ley de riesgos del trabajo y la validez del cálculo indemnizatorio, rechazando las excepciones y confirmando la sentencia. Fundamentos principales: "El accidente fue acreditado mediante la documentación obrante y la pericia médica, la cual determinó una incapacidad física del 16,89%. La ley 24.557 y la jurisprudencia de la SCBA avalan la aplicación de la Tabla de Incapacidades y la liquidación ajustada a los índices de RIPTE, en consonancia con la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928. La suma indemnizatoria se calcula en base a los parámetros de la ley 26.773, con un monto final de $45.887.710,68, más intereses y actualización." "Se rechaza la pretensión por daño psicológico por no acreditarse incapacidad psíquica, y se confirma la competencia del tribunal, tras declarar la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557." "Las costas se imponen a la parte demandada, y los honorarios se regulan en proporciones acordes a la labor y resultado, incluyendo el IVA y aportes correspondientes."
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