AYESTARAN AGUSTIN y otro/a C/ GALENO SEGUROS ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Trabajo de Zárate-Campana confirmó la procedencia del reclamo por honorarios profesionales en un proceso administrativo por enfermedad profesional en el ámbito de las Comisiones Médicas, regulando los honorarios en favor de los letrados y haciendo lugar a la demanda en favor del actor.
La demanda fue presentada por los abogados Ayestaran Agustín y Vázquez Facundo en representación del Sr. Obregón César Pedro, tras obtener una resolución favorable en la Comisión Médica N° 31 de Zárate, que determinó que la enfermedad denunciada era de carácter laboral. Los actores acreditaron que prestaron asesoramiento y patrocinio durante todo el trámite administrativo, sin que exista constancia de que hayan percibido honorarios previos o pactado porcentaje alguno. La Sala concluyó que la labor profesional fue acreditada, y que conforme a la normativa vigente, los honorarios corresponden a la suma de 3,50 jus arancelarios para cada letrado, equivalentes a pesos 284.788, por las tareas realizadas en el proceso administrativo, incluyendo aportes previsionales e IVA en caso de corresponder. La sentencia también regula el pago por parte de la demandada, GALENO SEGUROS ART SA, en el plazo de 10 días de quedar firme la resolución, además de imponer costas a la demandada y dejar constancia de la cesión de honorarios del Dr. Vázquez a favor del Dr. Ayestaran. La decisión se fundamenta en que las tareas efectuadas son extrajudiciales de carácter administrativo, y que la normativa aplicable, en particular la Ley 14.967 y la Ley 27.348, justifican la regulación de honorarios en los términos señalados. La sentencia fue dictada con los votos unánimes de las juezas del tribunal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: