BULLA FRANCISCO PABLO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A..- S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Sentencia que declara procedente la demanda de honorarios profesionales en el marco de un proceso judicial derivado de una actuación administrativa, regulando honorarios y estableciendo costas a cargo de la demandada. La decisión sostiene la constitucionalidad del art. 37 de la Res. 298/17 de la SRT y regula honorarios en base a parámetros legales, con condena en costas y detalles sobre pago y notificación.
El Dr. Francisco Pablo Bulla promovió demanda en representación del Sr. Marcelo Mazzola para obtener la regulación de honorarios por actuaciones en un expediente administrativo ante la Comisión Médica N°31 B, relacionado con un rechazo por enfermedad no listada. La causa tramitó también en sede judicial, donde se arribó a un acuerdo homologado por $750.000, sin cláusula expresa sobre honorarios, pero con un porcentaje del 25% en concepto de costas, que fue posteriormente regulado por el tribunal. La sentencia concluye que, en virtud del artículo 1° de la ley 27.348 y del artículo 37 de la Resolución 298/17 de la SRT, los honorarios del profesional corresponden a 2,08 jus arancelarios más adicional de ley e IVA, a cargo de la aseguradora. La decisión considera que, aunque en sede administrativa no se reconocieron honorarios por las actuaciones judiciales, la intervención del letrado en el proceso judicial y el acuerdo alcanzado justifican la regulación en los términos del artículo 44 y 55 de la ley 14.967. La sentencia además impone costas a la demandada y regula el pago mediante transferencia bancaria, en consonancia con las disposiciones legales aplicables y principios de economía procesal. La decisión fue adoptada por unanimidad y enfatiza la constitucionalidad del marco normativo vigente para la regulación de honorarios en estos casos.
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