GUAYAMA LUCERO MAILEN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El tribunal condenó a la aseguradora por indemnización por accidente in itinere. La sentencia confirmó la responsabilidad y estableció la suma de $4.127.233,10, rechazando la inconstitucionalidad de los decretos cuestionados y fundamentando en la ley 24.557 y la valoración de la prueba.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Guayama Lucero Mailen, inició acción por accidente in itinere ocurrido el 31 de enero de 2022, cuando se dirigía a su trabajo como policía en colectivo, resultando con lesiones que generaron una incapacidad del 6,30%. La aseguradora, Provincia ART S.A., admitió el siniestro y brindó prestaciones médicas hasta la alta sin incapacidad, pero la víctima reclamó indemnización por daños y perjuicios. La pericia médica y la prueba documental acreditaron que el accidente derivó en una incapacidad parcial y permanente. El tribunal valoró la prueba científica y la documentación, concluyendo que la lesión fue consecuencia del accidente, por lo que se reconoció la responsabilidad de la aseguradora. Se aplicó la ley 24.557, considerando la actualización del ingreso base y los intereses moratorios, rechazando los argumentos de inconstitucionalidad de los decretos 669/19 y 70/23. La sentencia se fundamentó en que las normas cuestionadas cumplen con los requisitos constitucionales y doctrinarios, y que la aplicación del RIPTE refleja mejor la realidad salarial del trabajador. El tribunal condenó a la aseguradora a abonar la suma de 4.127.233,10 pesos, con intereses moratorios, y declaró la inconstitucionalidad de los decretos 669/19 y 70/23 por su carácter inconstitucional, al no cumplir con los requisitos de excepcionalidad y urgencia. Además, impuso las costas a la demandada y ordenó la regulación de honorarios.
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