Logo

DE LEON, JAVIER NAHUEL Y OTRO/A S/HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de acuerdo conciliatorio en causa laboral, confirmada por la tribunal en resolución que valida el acuerdo y sus condiciones, incluyendo monto y costas.

Clausula penal Cosa juzgada Conciliacion laboral Deposito judicial Homologacion acuerdo Argentina. Monto conciliatorio Costas demandado Costas honorarios Derechos litigiosos

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Javier Nahuel De Leon, demanda al GAP en un proceso laboral. Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio de suma total de $2.965.479,46, que el tribunal homologó conforme a los arts. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., estableciendo que la demandada se allana a pagar mediante depósito en la cuenta de autos en tres días tras la homologación. La homologación incluye la aceptación de una cláusula penal del 0,3% diario en caso de demora o incumplimiento, y la imposición de costas a cargo de la demandada. La sentencia destaca que la homologación confiere certeza y efectos de cosa juzgada, y regula los honorarios profesionales, con instrucciones para el depósito de aportes previsionales y pagos, eximiendo a las partes del pago de tasa de justicia. La decisión fue adoptada por unanimidad, adhiriendo los jueces Bocchio y Gabriele al voto del juez Traverso. Fundamentos principales: "Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el escrito que antecede de fecha 27 de mayo de 2025. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." "Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($2.965.479,46), que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efectos conciliatorio-, se allana a pagar mediante depósito en autos en un único pago mediante transferencia judicial en la cuenta de autos a los tres días de homologado el presente."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar