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BRACCIALE LUCIANO IVAN C/ ALTRI TEMP Y OTRO/A S/ DESPIDO

La sentencia declaró la inconstitucionalidad de normas y condenó a empleador y representante legal por despido y otros conceptos laborales. La Cámara confirmó la decisión y ordenó pago de indemnizaciones y sanciones.

Indemnizacion Legitimacion pasiva Inconstitucionalidad Despido Documentacion laboral Actualizacion salarial Ripte Sancion art. 132 bis lct Jurisprudencia laboral argentina. Responsabilidad del representante legal

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Luciano Ivan Bracciale demandó a Altri Tempi SRL, Juan Domingo Mandar y Florencia del Valle Chaves por despido, diferencias salariales y documentación no entregada. La sentencia declaró la inexistencia de causa válida para el despido y responsabilizó solidariamente a Mandar, en su carácter de socio gerente, por incumplimientos laborales y legales. Se condenó a los demandados a pagar una suma de aproximadamente 27.642.792 pesos, ajustada por RIPTE, más intereses del 2% anual desde la fecha de exigibilidad, y una multa adicional por incumplimiento del art. 132 bis LCT. Además, se dispuso la entrega de certificaciones laborales y se rechazaron pretensiones de multas y sanciones adicionales, por carecer de causa jurídica. La sentencia fundamenta que no se acreditó la causal de fuerza mayor invocada por la demandada y que la inflación y la duración del proceso justifican la actualización de los créditos laborales mediante índices RIPTE, declarando inconstitucional el art. 7 de la ley 23.928 y el art. 132 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

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